En los pleitos digitales gana quien mejor prueba, no quien más razón tiene. Y la primera lección es incómoda: un pantallazo suelto se impugna en segundos («eso está manipulado») y un chat borrado ya no vuelve. La prueba digital hay que capturarla bien y a tiempo.
Los tres niveles de prueba digital
- Nivel 1 — captura simple: pantallazos y exportaciones. Útiles como indicio, débiles si la contraparte los niega.
- Nivel 2 — certificación con terceros de confianza: herramientas de certificación de contenido web y comunicaciones con sello de tiempo cualificado. Acreditan que ese contenido existía en esa fecha y URL.
- Nivel 3 — peritaje informático: extracción forense de dispositivos con cadena de custodia, informe pericial y ratificación en juicio. El estándar para asuntos de cuantía o penales.
Errores que destruyen casos
- Borrar el mensaje ofensivo «por no verlo» — sin original no hay cotejo.
- Reenviarse los WhatsApp a otro teléfono: rompe los metadatos.
- Esperar semanas: las historias caducan y los perfiles se esfuman.
- Manipular aunque sea para «aclarar»: recortes y subrayados invalidan.
Nuestra regla
Primero certificar, después reclamar. Antes de enviar el primer requerimiento —que alerta al contrario— toda la prueba debe estar asegurada. Es el orden que aplicamos en cada asunto y la razón por la que nuestras reclamaciones llegan a juicio con la prueba intacta.
Sobre el autor

Juan Carlos Porras Menéndez — Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM n.º 44.320) y CEO de LeyCiber – Boutique Legal Tecnológica. Dirige reclamaciones frente a bancos y plataformas digitales en materia de fraude bancario, productos vinculados abusivos y conflictos tecnológicos.
HABLEMOS DE TU CASO
LeyCiber es una boutique legal especializada en la defensa frente a bancos y plataformas digitales: fraude bancario, estafas online y conflictos tecnológicos. Estudiamos tu documentación y te decimos con claridad si tu reclamación es viable y cuánto puedes recuperar. El estudio inicial de viabilidad no se cobra, y solo asumimos asuntos con base jurídica y entidad económica suficientes: si te decimos que sí, es porque creemos en tu caso.
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