El litigio no se gana con relatos. Se gana con registros.
En el caso Ocaña, el elemento central no es la existencia del fraude, sino la prueba técnica que acredita el fallo del banco.
Qué prueba exigimos
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Registro de dispositivos (device fingerprint)
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IP de conexión
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Logs de autenticación
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Alertas antifraude generadas
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Score de riesgo de la operación
Por qué es determinante La defensa bancaria suele basarse en un argumento: “la operación fue correctamente autenticada”. Este argumento es insuficiente.
Autenticación ≠ consentimiento válido
Estrategia LeyCiber
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Solicitud expresa de logs bajo advertencia judicial
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Construcción de mapa probatorio
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Anticipación de oposición bancaria
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Preparación de pericial informática
Resultado
Cuando el banco no puede acreditar control efectivo del riesgo, se configura:
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Incumplimiento PSD2
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Falta de diligencia profesional
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Responsabilidad contractual
En LeyCiber no tratamos estos asuntos como incidencias. Los tratamos como responsabilidad bancaria por fallo de sistema.
Si hay transferencia, hay rastro.
Si hay rastro, hay prueba.
Si hay prueba, hay recuperación.


