Así funciona una reclamación al banco por fraude digital: fases, plazos y qué esperar

Quien sufre un fraude bancario se enfrenta a dos batallas: la del dinero y la de la incertidumbre. Esta guía resuelve la segunda: qué fases tiene una reclamación seria y qué plazos maneja cada una.

Fase 1: comunicación inmediata y prueba (días 1-7)

Aviso al banco con registro, denuncia policial y preservación de toda la prueba digital. Aquí se gana o se pierde buena parte del caso: los registros se sobreescriben y los fondos se mueven.

Fase 2: reclamación al SAC del banco (1-2 meses)

Reclamación formal fundada en el RDL 19/2018 y la jurisprudencia, enviada por canal certificado. Desde la Ley Orgánica 1/2025, bien planteada sirve además como MASC: el intento de solución extrajudicial exigido para poder demandar. La entidad debe responder en plazo; su silencio o su plantilla desestimatoria abren la puerta siguiente.

Fase 3: Banco de España (2-4 meses, opcional)

El informe del supervisor no es vinculante, pero un pronunciamiento favorable presiona a la entidad y refuerza la demanda.

Fase 4: demanda judicial (6-18 meses)

Se pide la restitución íntegra, intereses y costas. Con la carga de la prueba invertida y la doctrina actual del Supremo, la posición de las víctimas es hoy más fuerte que nunca. Muchos asuntos terminan en acuerdo antes del juicio.

  • Plazo crítico: comunicar las operaciones no autorizadas sin demora y siempre dentro de 13 meses.
  • Error frecuente: esperar meses «a ver si el banco lo soluciona». La inactividad solo beneficia a la entidad.

Sobre el autor

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Juan Carlos Porras Menéndez — Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM n.º 44.320) y CEO de LeyCiber – Boutique Legal Tecnológica. Dirige reclamaciones frente a bancos y plataformas digitales en materia de fraude bancario, productos vinculados abusivos y conflictos tecnológicos.

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