Cuando un cliente reclama un fraude, suele pensar que debe demostrar que ha sido víctima.
Esto es incorrecto.
Caso real (continuación)
En el mismo caso, el banco mantiene su postura:
“No se aprecia fallo en el sistema.”
Sin embargo, al analizar los datos técnicos aparecen múltiples anomalías.
La carga de la prueba: del cliente al banco
La normativa establece que es el banco quien debe probar:
- Que el sistema funcionó correctamente
- Que no había señales de fraude
- Que el cliente actuó con negligencia grave
Si no acredita estos tres elementos, debe devolver el dinero.
Qué detectamos en el caso real
Tras el análisis técnico:
- acceso desde dispositivo no habitual
- cambio previo de credenciales
- transferencia por importe anómalo
- destino vinculado a operativas sospechosas
Es el banco tenía información suficiente para detectar el fraude.
Error habitual de las entidades
El banco no analiza la operación en profundidad. Se limita a justificar la autenticación.
Pero la ley exige algo distinto: análisis completo del riesgo.
Conclusión
No basta con que el banco diga que todo es correcto. Debe probarlo. Y en muchos casos, no puede hacerlo.
En el siguiente artículo veremos el punto decisivo: qué ocurre cuando el banco detecta el fraude… pero no actúa.


