En las estafas de inversión la víctima ordena las transferencias con sus propias claves. Por eso los bancos responden siempre lo mismo: «operaciones autorizadas, nada que devolver». Pero la obligación de las entidades no termina en ejecutar órdenes: incluye vigilar, detectar y reaccionar ante operativas anómalas.
El estándar del ordenado y experto comerciante
La jurisprudencia reciente (SAP Cantabria 648/2026) es contundente: el nivel de diligencia exigible al proveedor de servicios de pago no es el de un particular cuidadoso, sino el del ordenado y experto comerciante, que comprende sistemas capaces de detectar automáticamente indicios de operación anómala y generar alertas o bloqueos temporales.
Los indicadores que el banco debió ver
- Transferencias reiteradas en semanas o meses, sin historial previo similar.
- Escalada de importes: de cientos a miles de euros.
- Destinos internacionales nuevos, con múltiples beneficiarios.
- Conceptos típicos de captación: «trading», «inversión», «impuestos», «tasas».
- Ruptura total con el perfil transaccional del cliente: nóminas, recibos, compra semanal.
Cuando este cuadro concurre y la entidad no generó ni una alerta, hay deficiencia del servicio reclamable con restitución de lo transferido. Es exactamente el tipo de reclamación que litigamos a diario.
Sobre el autor
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Juan Carlos Porras Menéndez — Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM n.º 44.320) y CEO de LeyCiber – Boutique Legal Tecnológica. Dirige reclamaciones frente a bancos y plataformas digitales en materia de fraude bancario, productos vinculados abusivos y conflictos tecnológicos.
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